A través del decreto 614, el intendente Posse estableció el uso obligatorio de elementos de protección que cubran la nariz, la boca y el mentón en establecimientos comerciales, dependencias u oficinas municipales de atención al público y en medios de transporte público del Partido de San Isidro.
La medida también prohíbe “la comercialización de barbijos N95 a cualquier persona que no acredite ser personal del servicio de salud y a las personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de este servicio”, según indica el artículo 6.




